
Las empresas de comercialización de energía del Grupo EPM en Colombia, implementarán un programa transitorio de incentivos al uso eficiente de la electricidad establecido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), mediante la Resolución CREG 101 120 de 2026. La medida cobijará a los usuarios regulados elegibles de Afinia, CHEC, CENS, EDEQ, EPM y ESSA, con el propósito de reducir la demanda y contribuir a la confiabilidad del sistema eléctrico ante escenarios de baja hidrología y el riesgo asociado al fenómeno de El Niño.
El mecanismo funcionará a partir de una meta individual de consumo para cada usuario. Esta referencia se calculará con base en la media de los consumos promedio diarios registrados durante los ciclos completos de los 12 meses anteriores, tomando como fecha de referencia el 3 de agosto de 2026. Así, cada usuario tendrá una meta propia y única durante la aplicación del programa, en lugar de una cifra general para todos los consumidores.
¿Cómo funcionará el incentivo?
La regla establece dos umbrales que determinan si el usuario puede recibir un beneficio o asumir un cobro adicional. Si el consumo se mantiene por debajo del 90% de la meta, el usuario podrá participar en la distribución de los recursos recaudados por el programa. En cambio, si supera el 110% de su meta, deberá pagar un cobro adicional únicamente sobre la energía que exceda ese nivel. Por su parte, el consumo que permanezca entre 100% y 110% de la meta no generará ese cobro adicional.
Por ejemplo, si la meta de un usuario fuera de 200 unidades de consumo, llegar a 180 unidades lo ubicaría en el umbral que permite participar en los incentivos. Si, por el contrario, alcanzara 230 unidades, el cobro adicional se aplicaría únicamente al consumo que supere las 220 unidades correspondientes al 110% de la meta. De esta manera, el mecanismo busca que la reducción significativa del consumo tenga una recompensa económica y que los consumos considerablemente superiores al comportamiento histórico generen recursos para financiarla.
Los recursos recaudados mediante esos cobros conformarán una bolsa en cada mercado de comercialización. Posteriormente, serán distribuidos entre los usuarios que contribuyan al ahorro, de acuerdo con las reglas definidas por la CREG. Por ello, el esquema es autofinanciado y no contempla un reconocimiento de costos adicionales para los comercializadores ni su traslado a los usuarios mediante tarifas, cargos o mecanismos equivalentes.
La medida será temporal y automática
El programa tendrá una duración inicial de seis meses y podrá ser prorrogado por otros seis meses mediante una decisión de la CREG. Además, su aplicación será automática para los usuarios regulados elegibles, por lo que no tendrán que realizar una inscripción, presentar una solicitud o manifestar previamente su intención de participar.
Sin embargo, existen excepciones. Entre ellas están usuarios con medidores prepago, usuarios cuyo consumo no se determine mediante lectura de medidor, servicios suspendidos, instituciones de salud, establecimientos educativos, centros asistenciales, organismos de emergencia, entidades de seguridad y establecimientos penitenciarios. También están excluidos los usuarios oficiales, las comunidades energéticas, los usuarios AGPE que apliquen créditos de energía y aquellos para los cuales no sea posible establecer una meta individual. El mecanismo tampoco aplica a los cobros derivados del alumbrado público.
La fecha exacta en la que el programa comenzará a reflejarse en las facturas todavía depende de decisiones de la CREG. La Comisión también analiza la posibilidad de excluir a usuarios ubicados en municipios afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto de 2026. Una vez se definan estas condiciones, las comercializadoras del Grupo EPM informarán a sus usuarios las fechas, metas, consumos registrados, posibles excedentes y, cuando corresponda, los beneficios económicos.
Esta empresa ayuda a reducir el consumo de energía y generar ingresos
